GUSTAVO PETRO - El nuevo socio en nuestros negocios
Como decían los memes de Gustavo Petro siendo precandidato... "los tengo asustados" con la reforma tributaria que afectará notablemente el comercio de bienes, especialmente los inmuebles por las cuantías que representan en el patrimonio de los contribuyentes.
Los últimos gobernantes han pretendido ampliar la base fiscal para vincular más obligados, en principio podrían solo declarar sin pago pero con cada reforma tributaria se convertirán en verdaderos contribuyentes.
La DIAN al implementar el sistema MUISCA viene cruzando las bases de datos de los ciudadanos, empresas y Estado poniendo en evidencia sus movimientos como por ejemplo los reportes notariales Vs los movimientos bancarios.
La facturación electrónica incentivada y bandera del gobierno Duque sumada a la reforma vista en el numeral 6, artículo 90 del Estatuto Tributario, ahora reza: “En la escritura pública de enajenación o declaración de construcción las partes deberán declarar, bajo la gravedad de juramento, que el precio incluido en la escritura es real y no ha sido objeto de pactos privados en los que se señale un valor diferente; en caso de que tales pactos existan, deberá informarse el precio convenido en ellos. En la misma escritura se debe declarar que no existen sumas que se hayan convenido o facturado por fuera de la misma o, de lo contrario, deberá manifestarse su valor”, obliga entonces a declarar el valor real vendido.
La adopción de la normativa internacional NIIF, las recomendaciones de la OCDE de la que Colombia se convirtió oficialmente en el miembro número 37 el 28 abril de 2020* y en general la obligación vía tratados internacionales para hacer transparentes los negocios cierran cada vez más la liberalidad en los negocios, especialmente del manejo del efectivo en sociedades declarantes de renta que para final de 2022 será máximo el cuarenta por ciento (40%) de lo pagado, que en todo caso no podrá superar de cuarenta mil (40.000) UVT, y el treinta y cinco por ciento (35%) de los costos y deducciones totales**, en la tendencia obligatoria a la bancarización.
Colombia ha realizado importantes avances en la transparencia y prevención del lavado de activos que han hecho merecedor al país de una reclasificación ante organismos como GAFI y GAFILAT en camino a salir del deshonroso puesto 87 entre 180 países en el incide mundial de percepción de corrupción, según el organismo Transparencia Internacional***.
Por las razones anteriores, será cada vez más difícil evadir el control fiscal, por ello, debemos estar preparados para declarar las operaciones por su verdadero valor, dejar de lado las dobles promesas, los otro sí, las ventas parciales, los falsos gravámenes, para afrontar una tributación donde el Estado colombiano en cabeza de Gustavo Petro será socio en el 20% o 35% de las utilidades, ahora, por cada $1.000.000 de utilidad bruta solo se ganarán $800.000 o $650.000 después de impuestos.
Seria del caso, como sucedió en el gobierno Uribe, plantear algún alivio tributario para formalizar el dinero en efectivo proveniente de excedentes no declarados en operaciones que aunque no tuvieron origen ilícito, la pretensión del ciudadano fue no reportar los montos transados para no ser gravados tributariamente, además, subsisten actividades cotidianas donde circula el efectivo por razones geográficas o culturales sin adoptar la bancarización.
Llevar el dinero al extranjero a destinos como Panamá o Estados Unidos no es tan simple como pareciera, la primera restricción se encontrará en la salida del país con más de 10.000 dólares, la segunda, al llegar al destino deben resolverse problemas como la residencia, la justificación del origen del capital, la apertura de cuentas a extranjeros con pasaporte, el traslado trasparente de los recursos vía bancaria, el costo fiscal en Colombia de las operaciones con moneda extranjera por encima de los topes, la conversión de divisas y muchos, muchos otros factores.
Algo que me parece injusto es la restricción al ciudadano común para deducir gastos personales, al final, los seres humanos en nuestras finanzas ganamos y gastamos, de manera organizada o no, nos asimilamos a una empresa que tiene derecho a deducir lo gastado y no solo un porcentaje.
Nuestro deber como ciudadanos será trabajar más para soportar a este incomodo socio, velar y denunciar el mal manejo de los recursos que nos costará más esfuerzo.
¿En qué beneficia a los remates?. Se harán más subastas por cuenta de los embargos vía DIAN, secretarias de hacienda y juzgados en las ciudades y municipios colombianos.
Ante el rumor de hundimiento en la economía, debemos recordar que los inmuebles han sido a través de la historia un refugio por excelencia, que de llegar la debacle, en el resurgimiento de las economías aportan el suficiente respaldo a sus propietarios.
Respecto de los negocios con vehículos no cesará su comercio al ser bienes de muy rápida transabilidad y conversión a dinero en efectivo.
Gerly Pulido Olave
Abogado
Esp. Der. Procesal
Fuentes:
*https://unperiodico.unal.edu.co/pages/detail/recomendaciones-de-la-ocde-para-colombia-poca-profundidad-y-mucha-ideologizacion/
**https://www.gerencie.com/pagos-en-efectivo-no-seran-deducibles.html#:~:text=Para%20el%20a%C3%B1o%202022%20se,los%20costos%20y%20deducciones%20totales.
***https://www.larepublica.co/globoeconomia/colombia-se-vuelve-a-rajar-en-corrupcion-segun-indice-de-transparencia-internacional-3291811
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