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¿Negocio Brillante o Trampa Oscura? - La Cesión de Créditos

En el mundo de los remates judiciales, he observado a menudo a cesionarios desorientados, aparentemente ajenos al escenario en el que se encuentran, cometiendo errores que resultan en la pérdida de su aspiración de adjudicarse los bienes en disputa.


Bienvenidos al blog de Remates Judiciales en Colombia


Hoy exploraremos la problemática asociada con la cesión de créditos y derechos litigiosos, revelando cómo esta práctica, presentada a veces como una solución rápida y milagrosa, puede convertirse en una pesadilla para aquellos que desconocen sus complejidades.


La seductora presentación de la cesión de créditos o derechos litigiosos como una fórmula mágica para "comprar a la fija" ha llevado a muchos ciudadanos incautos a adquirir derechos sobre propiedades en proceso de remate. Al hacerlo, se convierten en cesionarios, obteniendo los derechos del banco, entidad o persona demandante. Sin embargo, esta aparente solución puede tornarse en una pesadilla, especialmente cuando se trata de cesiones realizadas por entidades conocidas en algunos países como "fondos buitres".


En casos comunes, el deudor principal enfrenta una ejecución judicial, y el acreedor principal, generalmente un banco, cede el crédito o derecho litigioso al cesionario (fondo buitre), dejando al deudor en una posición de indefensión. Este escenario lleva al deudor a enfrentarse a diversas casas de cobranza y abogados, sin saber a quién realmente debe responder.


La cesión de derechos litigiosos y de crédito está legalmente establecida en el ordenamiento procesal, otorgando legitimidad al cesionario para continuar la ejecución tras la providencia que reconoce su calidad en el expediente judicial. A diferencia de otros trámites, la cesión no requiere registro en los folios de matrícula inmobiliaria, ya que la anotación inicial es suficiente para informar a terceros sobre la existencia del crédito y su cesión. Hay que resaltar que la cesión de crédito no lo hace propietario del bien embargado.


A pesar de la legitimidad otorgada por la cesión, los cesionarios enfrentan varios riesgos que pueden convertir su inversión en una empresa incierta:


1. El deudor puede extinguir el crédito litigioso reembolsando al cesionario el precio, costas e intereses.


2. Al declararse en insolvencia, el deudor podría prolongar el pago hasta por 10 años.

 

3. Pueden aparecer obligaciones de mayor jerarquía que dificultan o anulan el cobro del cesionario.

 

4. Convertirse en adjudicatario puede demorar, siempre será obligatorio el trámite procesal para llevar a remate la propiedad y quedarse con ella, compitiendo con otros postores, allí puede perder.

 

5. Siempre existe el riesgo de dilación del proceso por maniobras del deudor.

 

6. Se puede enfrentar a demandas de terceros ocupantes de la propiedad pretendiendo la declaratoria de pertenencia.

 

7. El cesionario debe asumir los costos acumulados de la propiedad, como cuotas de administración e impuestos.

 

La cesión de créditos y derechos litigiosos en remates judiciales puede ser un negocio lucrativo, invirtiendo grandes capitales, por ejemplo, de diez procesos, se malogran dos o tres, pero los restantes pueden amortiguar la pérdida. Para aquellos no familiarizados con el derecho procesal, representa una inversión riesgosa. Es fundamental comprender los desafíos y riesgos asociados antes de aventurarse en este complicado terreno legal.


Gerly Pulido Olave

Abogado Especialista en Derecho Procesal

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